Síntesis de Manual de Convivencia Escolar
La convivencia es el arte de vivir en compañía de otro y con otros, compartiendo y aceptándose. Aprender a convivir supone un aprendizaje, de ahí que sea fundamental que se practique en la etapa escolar.
Este manual considera en sus pautas las actitudes que todo miembro de esta Unidad Educativa debe practicar y que son:
• Conocerse y aceptarse a sí mismo y a los demás. • Vivir una convivencia afectuosa y auténtica. • Reconocer al otro como otro yo, con capacidad de empatía. • Reconocer como medio efectivo para solucionar conflictos, la comunicación, a través de la palabra precisa y justa. • Establecer relaciones basadas en el respeto mutuo. • Ser generoso y amable consigo mismo y los demás.
CAPÍTULO 1: DISPOSICIONES GENERALES
1.- Serán considerados alumnos y alumnas regulares aquellos que hayan cumplido con el proceso de matrícula determinado por el establecimiento, y se encuentren en los registros de los Libros de matrícula del liceo.
2.- Son alumnos y alumnas Condicionales todos los matriculados por primera vez y aquellos que por incumplimiento de las normas y reglamentos establecidos en el presente Manual de Convivencia Escolar, se les aplique esta medida disciplinaria. La calidad de Matricula Condicional será determinada por el Consejo de Profesores y Dirección del establecimiento.
3.- La autoridad del establecimiento sobre el alumno y alumna se extiende durante todo el tiempo que permanece en el plantel, al llegar y al partir del establecimiento; mientras ande en la calle o en sitios públicos usando el uniforme; durante las actividades y fiestas del liceo autorizadas por la Dirección, (con y sin uniforme) aunque se realicen fuera del horario habitual de clases o fuera del establecimiento.
4.- La responsabilidad del establecimiento sobre sus alumnos y alumnas se extiende desde que llegan al Liceo para cumplir con sus actividades escolares hasta que este horario termina, y durante el desarrollo de actividades extra – programáticas autorizadas por la Dirección
5.- Los alumnos y alumnas del establecimiento se encuentran cubiertos por el Seguro de Accidente Escolar, en conformidad al decreto Nº 313.
6.- Los apoderados deben ser los padres, madres o tutores legales de los alumnos y alumnas. En caso que éstos no pudieran asumir el rol de apoderados, podrán delegar esta responsabilidad en otra persona debidamente autorizada, la que deberá ser mayor de edad.
CAPÍTULO 2: DE LOS DERECHOS DE LOS ALUMNOS
El sistema educativo debe promover el principio de la responsabilidad de los estudiantes, especialmente en relación con el ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus deberes escolares, cívico, ciudadanos y sociales, en base a ello los alumnos y alumnas del Liceo Darío Salas tienen los siguientes derechos y deberes: (Art. 1, letra g ley 20.845 sobre inclusión escolar) Los alumnos y alumnas del Liceo Darío Salas tienen los siguientes derechos, los cuales deben ser respetados por todos los miembros de la comunidad educativa:
1.- Conocer el Proyecto Educativo Institucional, Manual de Convivencia, Reglamentos de Evaluación y Promoción Escolar, Reglamento de Pre Práctica Profesional y Reglamento de Práctica Profesional del establecimiento.
2.- Tienen derecho a ser respetado en el debido proceso, lo que implica, que sean escuchados bajo la presunción de inocencia, considerar sus argumentos, que se escuchen las diferentes versiones de los hechos y conozcan las instancias de apelación.
3.- Recibir un trato amable y respetuoso por parte de todos los miembros de la comunidad educativa.
4.- Ser respetados en sus creencias religiosas y libertad de culto.
5.- El alumno y alumna tiene derecho a descanso durante los recreos, pudiendo utilizar su tiempo en visitar el C.R.A., adquirir fotocopias, realizar compras en el casino, respetando las normas de sana convivencia y cuidando los bienes del establecimiento.
6.- Hacer uso de todos los recursos físicos y didácticos disponibles en el Liceo, bajo la supervisión del Docente o funcionario que corresponda.
7.- Ser atendidas sus consultas e inquietudes por parte de Directivos, Docentes y Asistentes de la Educación, en el horario que corresponda, salvo casos de emergencia.
8.- Ser informado oportunamente y con claridad de sus rendimientos y logros de aprendizaje.
9.- El alumno y la alumna tiene derecho a conocer las observaciones positivas y negativas registradas por profesores y asistentes de la educación, en su Hoja de Vida, además de las medidas disciplinarias cuando correspondan.
10.- El alumno y la alumna tiene derecho a ser atendido por la Orientadora del establecimiento cuando lo requiera, previa derivación del Profesor Jefe mediante la Ficha de Derivación y citación de la orientadora.
11.- El alumno y la alumna tiene derecho a que su apoderado sea informado de las faltas leves, graves y muy graves, a través de reuniones y entrevistas personales.
12.- Ser beneficiarios con la Beca de Alimentación, cuando cumplan los requisitos exigidos por J.U.N.A.E.B.
13.- Postular a todos los sistemas de Becas que se otorgan, cumpliendo los requisitos que se requiere en cada caso.
14.- Usar el beneficio de los Programas de Salud de J.U.N.A.E.B. y S.N.S., cumpliendo los requisitos exigidos.
15.-Usar el Seguro Escolar, según el Decreto 313, cuando corresponda.
16.- Las niñas, niños y jóvenes, como sujetos de derecho pueden expresar sus opiniones, ideas e inquietudes respecto al funcionamiento del establecimiento, en un marco de respeto a través de los canales establecidos, tales como: consejos de cursos, centro de alumnos y consejo escolar.
17.- Participar del Consejo de Curso con derecho a voz y voto.
18.- Participar del Centro de Alumnos (CEAL) del establecimiento, a través de los Delegados de Curso.
19.- Participar en las elecciones del Centro de Alumnos (CEAL) del establecimiento, a partir de Séptimo Año de Enseñanza Básica. Podrá acceder a ser parte de la Directiva General del Centro de Alumnos, a partir de 1º Año Medio.
20.- Tendrán derecho a elegir, mediante votación democrática, a los profesores asesores del Centro de Alumnos.
21.- Las alumnas embarazadas tienen derecho a continuar sus estudios en el establecimiento, con flexibilización de los procedimientos de enseñanza y evaluación, previa presentación del certificado médico que acredite su condición de gravidez y periodos pre y post natal, de acuerdo al protocolo de actuación del establecimiento, ante situaciones de embarazos, maternidad y paternidad.